San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
a 23 de junio de 2015
Boletín de prensa No. 16
- La desaparición forzada, práctica generalizada e impune en México
Minerva Guadalupe Pérez Torres (en adelante Minerva), indígena chol, lleva la mitad de su vida desaparecida, hoy tendría 38 años.
Siendo estudiante de secundaria, el 20 de junio de 1996, se dirigía a su comunidad Masojá Shucjá, municipio de Tila, Chiapas, para ver a su padre que se encontraba enfermo. En su camino, en el poblado Miguel Alemán, fue interceptada por integrantes del grupo paramilitar Desarrollo, Paz y Justicia, quienes la privaron de su libertad, durante tres días le cometieron tortura y tortura sexual, para posteriormente desaparecerla forzadamente. A casi dos décadas no se sabe nada de su paradero.1
Son 19 años de negación de la verdad y justicia, una loza de 19 años de impunidad. Hasta hoy nadie ha sido ubicado como responsable directo e intelectual de la desaparición forzada y demás violaciones de derechos humanos cometidas en contra de Minerva, a pesar de que sus familiares denunciaron los hechos desde el día 23 de julio de 1996, ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), instancia que les ha negado el acceso a la justicia.
El gobierno mexicano responde con revictimizar, torturar y hostigar judicialmente a los familiares de Minerva y de otras personas desaparecidas forzadamente y ejecutadas extrajudicialmente, en la zona norte chiapaneca. Así lo confirman los recientes citatorios a los familiares de las víctimas para confrontarse con sus agresores, los líderes paramilitares del grupo Desarrollo, Paz y Justicia: Diego Vázquez Pérez, Sabelino Torres Martínez, Marcos Albino y Samuel Sánchez, dictando el Juez que de no comparecer en las próximas semanas se les interpondrá una multa de $2,048.00.
El grupo paramilitar Desarrollo Paz y Justicia entrenado y protegido por la Policía Estatal y el Ejército mexicano, fue creado como parte de la puesta en marcha del Plan de Campaña Chiapas 94′, para provocar el terror en la sociedad civil en el norte de Chiapas. En total este Centro de Derechos Humanos ha podido documentar que Desarrollo, Paz y Justicia perpetró 85 ejecuciones, 37 desapariciones forzadas y más de 4,500 personas fueron desplazadas forzadamente de sus comunidades por este grupo paramilitar.
El Estado mexicano tiene responsabilidad en estos Crímenes de Lesa Humanidad por su protección directa a los paramilitares, además no existe una investigación eficaz y eficiente donde la verdad y la justicia, sea la luz para que estos hechos se esclarezcan, tal como lo considera la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en un caso similar:
El deber de investigar casos de desaparición forzada subsiste mientras se mantenga la incertidumbre sobre la suerte final de la persona desaparecida. Incluso en el supuesto de que circunstancias legítimas del orden jurídico interno no permitieran aplicar las sanciones correspondientes a quienes sean individualmente responsables de delitos de esta naturaleza, el derecho de los familiares de la víctima de conocer cuál fue el destino de ésta y, en su caso, dónde se encuentran sus restos, representa una justa expectativa que el Estado debe satisfacer con los medios a su alcance.
El Estado está, por otra parte, obligado a investigar toda situación en la que se hayan violado los derechos humanos protegidos por la Convención. Si el aparato del Estado actúa de modo que tal violación quede impune y no se restablezca, en cuanto sea posible, a la víctima en la plenitud de sus derechos, puede afirmarse que ha incumplido el deber de garantizar su libre y pleno ejercicio a las personas sujetas a su jurisdicción. Lo mismo es válido cuando se tolere que los particulares o grupos de ellos actúen libre o impunemente en menoscabo de los derechos humanos reconocidos en la Convención.2
Ante la falta de capacidad del gobierno mexicano para investigar, sancionar y reparar los daños cometidos, las propias familias de las víctimas y organizaciones sociales independientes han emprendido caminos en la construcción de Otra Justicia. El 7 de diciembre de 2013, en Susuclumil, Tila, Chiapas, el Dictamen de la Preaudiencia Reunión para la Justicia y la Verdad, determinó que el Estado mexicano no ha cumplido su responsabilidad nacional e internacional de garantizar el acceso a la justicia y reconoció en los Pueblos “su persistencia en la lucha por el no olvido y las acciones de no repetición a partir de la memoria.”3
La exigencia por la aparición de Minerva, forma parte de las voces colectivas, comunitarias que se indignan por el dolor del otro, de la otra, hasta encontrarla junto con todos y todas las miles de desaparecidas forzadas en México y los 43 normalistas de Ayotzinapa.
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1 Ver: Minerva Guadalupe Pérez Torres. 18 años de impunidad. Producción: SanCristencia, junio de 2014. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?
2 Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. 29 de julio de 1988. Ficha disponible en: http://www.corteidh.or.cr/cf/
3 Tribunal Permanente de los Pueblos. Dictamen de la Preaudiencia Reunión para la Justicia y la Verdad. Diciembre 2013, disponible en: http://www.tppmexico.org/
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